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El Orden Sucesoral:
En la República Dominicana, el orden sucesoral se rige por lo que dispone el Código Civil.
La proximidad de parentesco se gradúa por el numero de generaciones y cada generación se llama grado.
El Orden Sucesoral es el siguiente: 1- Los Hijos y sus descendientes. Excluyen a los demás; 2- Los Colaterales privilegiados, si concurren con el padre y/o la madre; y 3- Los ascendientes Ordinarios.